El pasado lunes Íñigo Fernández de Mesa, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE); y Pilar González de Frutos, presidenta de la Comisión Fiscal de CEOE  junto a a Gregorio Izquierdo, Director General del IEE, presentaron el Libro Blanco para la Reforma Fiscal del IEE, que cuenta con la colaboración de 60 prestigiosos expertos en fiscalidad del ámbito académico y profesional, con experiencia en altos cargos de la Administración Pública. El libro establece las líneas básicas de un sistema tributario competitivo, eficiente, lo más neutro posible y que reduzca al mínimo los costes de cumplimiento, considerando además las mejores prácticas de los países de nuestro entorno.

A continuación, extractamos las recomendaciones que proponen en materia de incentivos fiscales a la innovación. En líneas generales la idea de fondo es que, lejos de reducirse, bien directamente, bien indirectamente a través de medidas como la tributación mínima del 15%, el incentivo debería mejorarse, ya que el verdadero problema, en nuestro país, es que el incentivo no alcanza su potencial por el excesivo peso que suponen los requisitos y límites para su disfrute y la incertidumbre que genera su aplicación práctica con interpretaciones muy restrictivas por parte de la Inspección Tributaria. Todos estos obstáculos impiden un aprovechamiento mejor de un incentivo que funciona cuando es posible utilizarlo, puesto que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en el estudio realizado en 2020, constata que el beneficio fiscal sí alcanza el objetivo de fomentar la inversión en I+D+i, que se incrementa en 1,5€ por cada euro que la Administración destina al incentivo fiscal.

Las diez principales medidas que se proponen en el Libro Blanco son las siguientes:

  1. La deducción por I+D+i debe quedar al margen de la fijación de un tipo de tributación mínimo, por el efecto multiplicador de los ingresos a futuro que se derivan de estas actividades.
  2. Deducción del 50% de los gastos en I+D y un 20% adicional por personal investigador.
  3. Deducción del 35% de los gastos de innovación.
  4. 10% de deducción por inversión en activos dedicados en exclusiva a actividades de I+D+i.
  5. Ampliar el calificativo fiscal de I+D a proyectos de software de Inteligencia Artificial, Big Data o Industria 4.0.
  6. 10% de deducción adicional en proyectos de I+D+i ecoeficientes.
  7. 8% de deducción por inversiones de inmovilizado material e intangible en I+D+i ecoeficiente.
  8. Los informes motivados deben ser vinculantes tanto en la calificación técnico-científica como en el gasto auditado.
  9. Flexibilizar los requisitos para la monetización de las deducciones por I+D+i: eliminación de la carencia de un año, eliminación del descuento del 20%, tramitación acelerada de la devolución e incremento de las cuantías: 5M€ para IT y 15M€ para I+D, en línea con un sistema similar al existente en Francia. Este último límite se podría incrementar en 5M€ adicionales (2M€ actual) en el supuesto de que los gastos de investigación y desarrollo del período impositivo superen el 10% del importe neto de la cifra de negocios del contribuyente.
  10. Mejorar los límites sobre cuota íntegra para la aplicación efectiva de las deducciones de I+D+I en la declaración-liquidación anual del Impuesto sobre Sociedades y modificar el artículo regulador del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Se trata de que, una vez que una compañía ha acreditado una deducción por I+D+i, no se le impida la aplicación efectiva de la misma. Estas medidas tendrán un efecto acelerador sobre proyectos de I+D+i plurianuales al mejorar la financiación de las etapas, y tendrá́ un efecto incremental sobre los centros de I+D+i de inversiones recurrentes.

La I+D+i en España se encuentra en un nivel inaceptable, si se atiende al European Innovation Scoreboard 2021 de la Unión Europea, España se encuentra en el puesto 16 (de 27) y en un 85% de la media de la Unión en el indicador sintético de I+D, habiendo sido superada en el último año por Eslovenia, Italia y Malta (Portugal ha quedado detrás de nosotros); son países líderes Suecia, Finlandia, Dinamarca y Bélgica. En cuanto a los indicadores concretos resumidos en el indicador sintético, España ocupa la 5ª posición en el indicador de digitalización y, en cambio, la 24ª posición en el indicador de innovación en pymes. En cuanto al peso de la inversión en I+D respecto del PIB, en España se situaba en 2019 (últimos datos) en el 1,25%, lejos de los objetivos del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2017-2020 (2%) y de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 (2,12%).

Por tanto, todos los esfuerzos que se apliquen a mejorar nuestra I+D, desde luego incluidos los incentivos fiscales, serán pocos. Además, según reciente informe de COTEC sobre el incentivo, este supone un coste fiscal anual devengado de 1.100 millones de euros, si bien el coste real es de 300 millones de euros (la cifra del presupuesto de beneficios fiscales para 2021 es de 662 millones de euros). Esa diferencia, que se traduce en créditos fiscales para años futuros, se debe, según los casos, a la entrada en juego de los límites legales de deducción sobre cuota y a la insuficiencia de cuota tributaria de la que descontarla. Una y otra razón condicionan la reconocida eficacia potencial de la deducción, también apuntada por COTEC (la ventaja fiscal explica aumentos de la inversión en I+D de 1,5 euros por cada euro de deducción).