• Estas ayudas tienen por objeto fomentar la actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica y la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica en la Comunidad de Madrid.
  • La convocatoria, en concurrencia competitiva, cuenta con un presupuesto de 2,36 M€.
  • El plazo de presentación permanecerá abierto hasta el próximo 27 de febrero de 2025.

6 de febrero de 2025.- Se ha publicado el EXTRACTO de la Orden 5673/2024, de 11 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up).

El plazo de presentación de solicitudes es el siguiente:

  • Fecha de inicio: 07/02/2025
  • Fecha de fin: 27/02/2025

Estas ayudas cuentan con un presupuesto de 2.360.970€.

Esta convocatoria para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica Startup y pymes innovadoras dispone de dos líneas de actuación:

  • Línea 1: Para nuevas pequeñas empresas de hasta un año de antigüedad. Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables con un límite de 80.000 euros.
  • Línea 2: Para jóvenes pequeñas empresas, de entre uno y cinco años de antigüedad. Se podrá financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables con un límite de 150.000 euros.

Los beneficiarios serían:

  • Empresas nuevas de menos de 1 año de antigüedad.
  • Jóvenes empresas de 1 a 5 años de antigüedad.

Los requisitos para solicitar son los siguientes:

  • Ser una persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente.
  • Tener categoría de pequeña empresa.
  • Ser una empresa innovadora.
  • Tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
  • Antigüedad, que se computa desde la fecha de alta en el IAE hasta la fecha de inicio de presentación de solicitudes.
    • Línea 1: Hasta un año de antigüedad.
    • Línea 2: Entre 1 y 5 años de antigüedad.
  • Cumplir las obligaciones establecidas en la normativa de Subvenciones.
  • Estos requisitos se deberán cumplir y mantener durante la ejecución de los proyectos subvencionados y hasta la finalización de estos.
  • El plazo de ejecución de los proyectos será de hasta 12 meses.